En esta página:
- ¿Qué es el registro de demanda quirúrgica?
- ¿Qué es el sistema de garantías?
- La intervención a la que voy a ser sometido, ¿qué plazo de garantía tiene?
- ¿Qué significa que la lista de demanda quirúrgica es dinámica?
- ¿Cómo puedo conocer mi situación en el registro de demanda quirúrgica?
- ¿Quién va a intervenirme quirúrgicamente y quién realizará el seguimiento?
- ¿Es posible perder la garantía en el plazo de intervención?
- ¿Cómo se cita para la intervención quirúrgica?
- ¿Es posible aplazar la intervención quirúrgica?
- ¿Qué sucede si la intervención programada se cancela?
¿Qué es el registro de demanda quirúrgica?
El registro de demanda quirúrgica (RDQ) incluye a todos aquellos pacientes que están pendientes de una intervención programada y no urgente. Está regulado por el Decreto 209/2001 y la Orden de 20 de diciembre de 2006, de la Consejería de Salud, sobre garantía de plazo de respuesta quirúrgica.
¿Qué es el sistema de garantías?
Con este sistema se asegura al ciudadano unos tiempos máximos de espera, ya que si no se cumplen los plazos de respuesta establecidos en la normativa, tienen derecho a acudir a un centro privado y el Sistema Sanitario Público de Andalucía corre con los gastos ocasionados.
La intervención a la que voy a ser sometido, ¿qué plazo de garantía tiene?
Una vez que ha dado su conformidad para ser incluido en el Registro de Demanda Quirúrgica, en la consulta le facilitaran el documento acreditativo de su inclusión en el registro. En el figura el plazo de garantía para la intervención. El listado de intervenciones sujetas a garantía está regulado por el Decreto 209/2001 y la Orden de 20 de diciembre de 2006. Usted puede acceder a ellas a través de las páginas WEB de la Consejería de Salud y del SAS.
¿Qué significa que la lista de demanda quirúrgica es dinámica?
Durante la permanencia en la lista de demanda quirúrgica es posible que se produzcan variaciones en su estado de salud que hagan desaconsejable su intervención, o que hagan conveniente una reevaluación clínica para conocer si sigue existiendo indicación de tratamiento quirúrgico. Del mismo modo, es posible que se produzca una mejoría clínica de su condición de tal modo que la intervención no sea necesaria, o que simplemente, usted ya no desee operarse. Por estas razones, la lista de demanda quirúrgica está constantemente en movimiento.
A lo largo de su permanencia en la lista de espera es frecuente que nos pongamos en contacto con usted para conocer su situación clínica, la continuación de la indicación quirúrgica, o sus deseos de permanecer en la lista. Del mismo modo, existe la posibilidad de que usted requiera una nueva valoración en nuestra consulta.
¿Cómo puedo conocer mi situación en el registro de demanda quirúrgica?
Si usted está pendiente de una intervención quirúrgica incluida en los procedimientos sujetos a plazo de garantía puede consultar su inscripción y conocer su situación en la lista de espera quirúrgica en InterSAS -LISTA DE ESPERA QUIRURGICA. (enlace externo) Para acceder a esta información deberá disponer de certificado digital Clase 2 CA o bien de DNI electrónico, con el objetivo de garantizar la autenticación de su identidad y evitar accesos no autorizados a su información personal. También puede obtener información a través del teléfono Salud Responde (902 505 060) o bien dirigiéndose a la Unidad de Atención a la Ciudadanía de su hospital.
¿Quién va a intervenirme quirúrgicamente y quién realizará el seguimiento?
La Neurocirugía es una especialidad compleja y los neurocirujanos de la Unidad se encuentran especializados según la patología tratada y el tipo de intervención.
La programación quirúrgica es realizada por el Director de la Unidad y tiene en cuenta su patología, la intervención indicada y la capacidad del equipo quirúrgico. El seguimiento será realizado, de forma preferente, por el cirujano principal que ha llevado a cabo su intervención. En algunos casos, el seguimiento puede ser realizado de forma indistinta por los neurocirujanos pertenecientes a la misma unidad operativa (Neurocirugía Vascular, Cirugía de la Epilepsia, Cirugía selar y de la base de cráneo, etc.).
¿Es posible perder la garantía en el plazo de intervención?
La pérdida de la garantía está regulada Articulo 5 del Decreto 209/2001. Dicho Artículo establece que la garantía quedará sin efecto cuando el paciente se niegue o no haga acto de presencia a la citación correspondiente, de forma fehaciente, o voluntariamente demore la intervención de manera injustificada.
¿Cómo se cita para la intervención quirúrgica?
Con el fin de evitar demoras innecesarias, la citación para la intervención se realizará preferentemente de forma telefónica. Por favor, compruebe en su Centro de Salud o en la Unidad de Atención al Usuario que sus teléfonos se encuentran actualizados.
Cuando sea citado/a para la intervención, se le informará sobre la hora a la que debe acudir al hospital y dónde se producirá el ingreso. Es muy importante, que respete el ayuno prescrito y las indicaciones que Anestesiología le dio en la evaluación preanestésica.
Recuerde traer con usted los informes y exploraciones (imagen resonancia magnética, TAC, etc…) necesarios para la intervención, si es que obran en su poder.
Del mismo modo, deberá informar sobre si ha tomado recientemente alguna medicación que pueda afectar a la agregación (como por ejemplo AAS) o a la coagulación de la sangre (como por ejemplo sintrom).
Si no se encuentra bien para la intervención (gripe, resfriado, fiebre en los últimos meses…) deberá ponerlo en nuestro conocimiento. En caso de que la intervención no pueda llevarse a cabo, la intervención será programada para fechas próximas.
| Cuando sea llamado para intervención, antes de acudir al hospital: |
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| He organizado que alguien me traslade al hospital |
| He organizado que alguien me recoja una vez me den el alta hospitalaria |
| He organizado que alguien me ayude en los cuidados en mi domicilio |
| He leído la información sobre hospitalización en esta misma página WEB y seguido sus indicaciones |
Si desea información sobre cómo se realiza el ingreso, pulse en este enlace.
¿Es posible aplazar la intervención quirúrgica?
Sí, atendiendo a los siguientes motivos:
- Por motivos clínicos, (revaluación clínica).
- A petición del paciente:
- Nacimiento o adopción de un hijo o nieto
- Matrimonio
- Fallecimiento o enfermedad grave de un familiar
- Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter personal
- Fuerza mayor
- Otros motivos laborales o personales a petición propia
¿Qué sucede si la intervención programada se cancela?
Dadas la características de la patología urgente que atendemos (patología tumoral, traumatismos craneoencefálicos, patología cerebrovascular), es posible que se produzcan cambios de última hora que afecten a la cirugía programada. En este caso, su cirugía será programada de nuevo en fechas próximas.