Cantidad entregada al personal para compensar los gastos de alojamiento, manutención y locomoción, originados con ocasión de los servicios prestados a la Administración de la Junta de Andalucía, en localidad distinta a la de su centro de trabajo habitual, y que ésta, no coincida con la localidad de su domicilio habitual.
La Ley de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía establece que "El personal al servicio de la Junta de Andalucía y altos cargos de la misma percibirán las indemnizaciones por razón del servicio en las cuantías que se fijen, de conformidad con lo establecido en su normativa específica.
La norma específica que las regula, es el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, SOBRE INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, publicado el en BOJA nº 31 de 21 de Abril.