La Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) (enlace externo), en su artículo 20 establece la obligatoriedad de que en todo centro de trabajo se prevean las medidas de emergencias, los medios de protección y las condiciones de evacuación adecuadas para garantizar la integridad física de las personas.
Mediante el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, se aprueba la Norma Básica de Autoprotección (NBA) (enlace externo), que enmarcada en el ámbito de la Ley 2/1985 de Protección Civil, establece una estructura y unos contenidos para el desarrollo de los Planes de Autoprotección, de carácter de norma mínima o supletoria en los casos que le sea de aplicación.
Así pues, la Norma Básica de Autoprotección (NBA) cuenta con un alcance más amplio que la mera indicación, organización y adopción de las medidas de emergencia necesarias. Así, por ejemplo, la NBA profundiza al identificar y evaluar los riesgos que pueden generar una emergencia en aspectos que no suelen incluirse en un Plan de Emergencia al uso, ya que este análisis forma parte del proceso general de evaluación de riesgos obligatorio en el ámbito de la seguridad laboral.
En cualquier caso, los contenidos y estructura que determina la NBA para el desarrollo de los Planes de Autoprotección son compatibles con los objetivos del artículo 20 de la LPRL. De hecho, cabe considerar que el Plan de Emergencia (o Plan de Actuación ante emergencias, como se le denomina en la NBA) constituye uno de los nueve capítulos de los que consta el Plan de Autoprotección.
1. PLANES DE AUTOPROTECCIÓN DEL HUVN.
PLAN DE EMERGENCIAS HUVN (Capítulo 6)
- Plan de Emergencias HUVN (PDF 1.64MB 20-02-2025)
- Tríptico de Emergencias HUVN (PDF 943.12KB 13-03-2025)
PLANES DE AUTOPROTECCIÓN HUVN
- Plan Autoprotección Hospital General (PDF 30.20MB 20-02-2025)
- Plan Autoprotección Hospital Materno Infantil (PDF 18.11MB 20-02-2025)
- Plan Autoprotección Hospital de Neurotraumatología y Rehabilitación (PDF 40.99MB 13-03-2025)
- Plan Autoprotección Hospital Doctor Olóriz (PDF 24.31MB 13-03-2025)
- Plan Autoprotección Almacén Central Provincial (PDF 3.64MB 13-03-2025)
- Plan Autoprotección Diálisis de Guadix (PDF 1.49MB 30-04-2025)
- Plan Autoprotección HAR Alcalá la Real (PDF 12.20MB 09-01-2026)
2. IMPLANTACIÓN
La Dirección Gerencia del Centro es la responsable de la implantación de los Planes de Autoprotección, contando con el apoyo tanto del personal directivo, como de los mandos intermedios y resto de profesionales, en cumplimiento de sus obligaciones establecidas por la legislación vigente (Ley 2/1985 sobre Protección Civil, Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y R.D. 393/2007). Redundando en este mismo sentido la Norma Básica de Autoprotección, cuando señala en su artículo 1.5, que “El personal al servicio de las actividades reseñadas en el Anexo I tendrá la obligación de participar, en la medida de sus capacidades, en el Plan de Autoprotección y asumir las funciones que les sean asignadas en dicho Plan.”
3. OBJETIVOS
El Plan de Autoprotección persigue los siguientes objetivos:
- Presentar las características de los Edificios y de sus instalaciones
- Presentar los datos del Titular del Centro y de las personas involucradas en la organización de emergencia.
- Prever las situaciones de emergencia que puedan presentarse
- Presentar los recursos materiales y humanos necesarios para el control de las situaciones de emergencia.
- Garantizar la fiabilidad de todos los medios de protección.
- Disponer de personas organizadas, formadas y adiestradas que garanticen la rapidez y eficacia en las acciones a emprender para el control de las emergencias.
- Tener informados a todos los ocupantes de los edificios de cómo deben actuar ante una emergencia.