Como usuario del Sistema Sanitario Público de Andalucía (enlace externo) tiene el derecho a solicitar una segunda opinión médica cuando:

  • Padece una enfermedad diagnosticada como de pronóstico fatal, incurable o que compromete gravemente tu calidad de vida.

  • El tratamiento propuesto conlleva un elevado riesgo vital.

En determinadas circunstancias, este derecho puede ser ejercido por otra persona en nombre del paciente. Una vez aceptada tu solicitud, un facultativo experto estudiará tu historial clínico y remitirá un informe al solicitante o a quien este haya autorizado.

Tenga en cuenta que para realizar la solicitud existen limitaciones si se da alguno de los casos siguientes:

  • Si el paciente no sufre alguna de las circunstancias clínicas que constituyen el ámbito del decreto.

  • Si el paciente requiere tratamiento urgente o inmediato.

  • Si el paciente ha efectuado anteriormente otra solicitud de segunda opinión para el mismo proceso asistencial.

  • Si la enfermedad ha sido diagnosticada en un centro no dependiente del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

¿Cómo puede solicitar la Segunda Opinión Médica?

Por Internet

Si dispone de certificado digital puedes hacerlo a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Salud.

Es aconsejable enviar una copia del último informe clínico en la que conste el diagnóstico o la propuesta terapéutica para la que se pide segunda opinión a:

Dirección General de Asistencia Sanitaria del Servicio Andaluz de Salud 

Unidad Central de Tramitación de Segunda Opinión Médica

Salud Responde

Ctra. De Bailén - Motril S/N

(Recinto Hospital Neurotraúmatológico)

23006 Jaén

Teléfono: 955 545 060

A través del centro sanitario o por correo

      Puede presentar la solicitud en cualquiera de los centros dependientes de la Consejería de Salud (enlace externo) o del Servicio Andaluz de Salud (enlace externo), así como en cualquier centro sanitario. Si prefieres enviar tu solicitud por correo puedes hacerlo a la dirección postal de la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Servicio Andaluz de Salud, mencionada anteriormente.

Además del formulario, es necesario aportar los siguientes documentos:

  • Fotocopia compulsada del DNI del paciente. Se pueden compulsar los documentos en el mismo centro sanitario donde se presente la solicitud

  • Fotocopia compulsada del DNI de la persona autorizada por el paciente (en los casos en los que se designe representante). Recuerda que el paciente debe firmar igualmente la solicitud

En el caso de menores, personas incapacitadas legalmente o pacientes en situación de imposibilidad física o psíquica sólo determinadas personas (enlace externo) pueden solicitar segunda opinión médica en su nombre. Es aconsejable leer detenidamente las instrucciones de la solicitud.

Para obtener más información al respecto, te puede resultar útil consultar: en la pagina wev de la Junta de Andalucia, Segunda Opinión Médica (enlace externo).

Última Actualización de la Página: 13/05/2026 14:41:20