En el Servicio Andaluz de Salud se reconoce el derecho a la libre elección de profesional de medicina de familia y pediatra. Así como el derecho a elegir profesional médico del ámbito hospitalario y hospital público, en caso de intervención quirúrgica. En caso de menores de dieciséis años, la elección se realizará por sus representantes legales.

Elección de profesional médico del ámbito hospitalario

Este derecho puede ser ejercido por las personas que, a juicio de su médico de atención primaria, precisen ser atendidas por profesionales médicos del ámbito hospitalario. El profesional de medicina de familia o pediatra orientará a sus pacientes en la elección del especialista hospitalario, facilitándoles la información necesaria para que puedan decidir.

La elección deberá mantenerse durante todo el proceso patológico de que se trate y, en casos de procesos de larga duración, por un periodo mínimo de doce meses. No siendo posible la elección simultánea de varios facultativos para el mismo proceso.

 

Última Actualización de la Página: 18/05/2026 11:08:22